La Ciudad Autónoma de Ceuta ha dado luz verde a las instrucciones que permitirán instalar sistemas de videovigilancia en el interior de los taxis, en el marco de la Ordenanza Reguladora del Servicio de Transporte Urbano de Viajeros, aprobada por el Pleno de la Asamblea el 30 de octubre de 2024.
El decreto, firmado por el consejero de Fomento, Alejandro Ramírez, fue publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE).
Objetivo: mayor protección en los vehículos
La nueva normativa permite, bajo autorización previa del Ayuntamiento, que los titulares de licencias de auto-taxi puedan incorporar sistemas de videovigilancia con el objetivo de reforzar la seguridad tanto de conductores como de pasajeros, especialmente en casos donde otras medidas como mamparas o botones de emergencia no sean suficientes.
Las cámaras deberán instalarse en la parte superior central del parabrisas delantero, sin interferir en la visión del conductor ni en los dispositivos del vehículo como el taxímetro o el módulo tarifario.
Condiciones para solicitar la instalación
Los interesados deberán presentar una solicitud formal acompañada de una declaración responsable que garantice que el sistema cumple con la legislación vigente y que su único fin será la seguridad interior del vehículo. Además, se comprometerán a que las grabaciones se limiten exclusivamente al interior del taxi, captando imágenes del exterior solo si es estrictamente necesario.
En cuanto al tratamiento de datos, las imágenes deberán eliminarse en un plazo máximo de un mes, salvo en caso de incidentes que justifiquen su conservación. En tales situaciones, el material deberá ser entregado a la autoridad competente en un máximo de 72 horas desde que se tenga conocimiento de la grabación.
Asimismo, los taxis deberán incorporar un cartel informativo visible que indique la existencia del sistema de vigilancia y los derechos que asisten a los pasajeros en relación con el tratamiento de sus datos personales.
Documentación y obligaciones de los taxistas
Tras obtener la autorización, los titulares de licencias contarán con un plazo de diez días hábiles para remitir la documentación que acredite la correcta instalación del sistema y del cartel informativo.
Además, deberán:
- Cumplir con las condiciones establecidas en la autorización.
- Solicitar la revocación de la misma antes de retirar el sistema.
- Notificar cualquier sanción firme relacionada con el uso del sistema.
- Subsanar posibles incumplimientos en un plazo de diez días si así se requiere.
En caso de no corregirse los incumplimientos, se procederá a revocar la autorización y se exigirá la retirada inmediata del sistema de videovigilancia.
Posibles recursos
Los interesados que no estén conformes con la resolución administrativa podrán interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, o bien recurrir por la vía contencioso-administrativa en un plazo de dos meses.
