Un giro inesperado sacude el caso del brutal asesinato de Samuel Luiz, el joven de 24 años que murió tras una agresión multitudinaria el 3 de julio de 2021 en el paseo marítimo de A Coruña. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha absuelto a Alejandro Míguez, uno de los cuatro adultos que habían sido condenados, al considerar que no existen pruebas suficientes que acrediten su participación en el crimen.
Míguez, que había sido sentenciado a diez años de prisión como cómplice, ha visto revocada su condena tras el recurso presentado por su defensa. El TSXG concluye que la sentencia inicial carecía de base razonable y vulneraba su presunción de inocencia, señalando que «no consta acreditado que participase en la agresión».
En su fallo, el alto tribunal gallego destaca que ningún testigo lo vio golpear a la víctima, obstaculizar su huida o impedir que recibiera ayuda. Tampoco las grabaciones disponibles muestran su implicación activa. «Estar no es hacer», había sostenido su abogado, y ahora el TSXG respalda esa postura, apuntando que su mera presencia en el lugar de los hechos no implica complicidad.
Sin embargo, el tribunal ha ratificado las condenas de los otros tres acusados adultos: 24 años de prisión para Diego Montaña, 20 años y medio para Kaio Amaral y 20 años para Alejandro Freire. En su sentencia, se confirma que el crimen tuvo un componente homófobo, al considerar que la agresión se originó por la percepción de Montaña de que Samuel era homosexual, a raíz de su forma de vestir, tono de voz y apariencia física.
Según los hechos probados, Diego Montaña inició la agresión al creer que Samuel lo estaba grabando con su móvil. Luego se sumaron Freire, Amaral y un grupo de personas, incluidos dos menores, quienes ya fueron condenados por un tribunal de menores. La violencia fue tan brutal que Samuel no pudo defenderse ni escapar, pese a los intentos de ayuda por parte de dos transeúntes, y cayó inconsciente tras ser perseguido y golpeado durante más de 150 metros.
Esta nueva resolución del TSXG marca un hito en el caso, al poner en tela de juicio la validez de las pruebas indiciarias utilizadas por el jurado popular y reabre el debate sobre los límites de la participación pasiva en crímenes colectivos.
Mientras tanto, las condenas firmes para los tres principales agresores confirman la gravedad de una agresión que conmocionó a toda España y que reavivó la preocupación social por los delitos de odio y la violencia homófoba.
