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Portada Actualidad

Interior establece restricciones en las fronteras interiores, puertos y aeropuertos, al menos hasta el 23 de mayo

Redacción por Redacción
12/05/2020
en Actualidad, Coronavirus, Nacional
Tiempo de lectura: 2 minutos
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El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha dictado una orden por la que se establecerán a partir del próximo viernes 15 de mayo restricciones de entrada en territorio nacional en las fronteras interiores en puertos y aeropuertos (para vuelos y barcos con origen en países del espacio Schengen)

Estas restricciones se suman a las adoptadas ya en las fronteras terrestres con Francia y Portugal y a las restricciones de entrada de viajeros por las fronteras exteriores (con origen en países de fuera del espacio Schengen) en puertos y aeropuertos. En virtud de la orden que ha sido publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado, a partir de las 00.00 horas del 15 de mayo y, en principio, hasta el 23 del mismo mes (prorrogable) solo podrán acceder a territorio nacional por las fronteras interiores en puertos y aeropuertos:

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  • Ciudadanos españoles.
  • Residentes en España, debiendo acreditar su residencia habitual.
  • Trabajadores transfronterizos (que residan en espacios Schengen)
  • Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
  • Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

También podrán acceder por estas fronteras el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas y las personas que se trasladen a España por “motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente”.

Asimismo, con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento, estas medidas no serán aplicables “al transporte de mercancías, incluyendo los tripulantes de los buques, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo y la actividad pesquera, y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial”.

El objetivo prioritario de esta medida es afianzar la contención de la expansión del COVID-19. La orden señala que el alzamiento progresivo de las medidas de confinamiento vigentes “podría conllevar que personas residentes en el exterior decidan viajar a nuestro país”.

“Teniendo en cuenta que, durante el proceso de desescalada, se aplica a los residentes en España la restricción de movimientos interprovinciales, se considera conveniente limitar también el acceso a tales demarcaciones desde otros Estados miembros por vías aérea y marítima”, indica la resolución, antes de añadir que “el mero hecho de poseer una vivienda no acredita la residencia en España”.

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